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Resolución Nº 590/2012-MTESS - Otórgase Personería Gremial al Sindicato Obrero Químico y Afines de San Juan

Citar: elDial.com - CC30A5

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Texto Completo

Resolución Nº 590/2012-MTESS - Otórgase Personería Gremial al Sindicato Obrero Químico y Afines de San Juan

Bs. As., 29/06/2012
Publicación en B.O.: 12/07/12

VISTO el Expediente Nº 1.286.807/2008 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551 y sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390 y
Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente de referencia tramita la solicitud de Personería Gremial formulada por el SINDICATO OBRERO QUIMICO Y AFINES DE SAN JUAN, con domicilio en Avenida Rioja (Sur) 72, Ciudad Capital, provincia de SAN JUAN.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 91 de fecha 14
de mayo de 1984, la mencionada asociación obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 1184.

Que la entidad peticionó personería gremial el 20 de agosto de 2008.

Que se tuvieron por cumplidos los requisitos establecidos por el artículo 25, inciso b), de la Ley
Nº 23.551.

Que la requirente circunscribió el pedido de personería a todo el personal de la industria química
y petroquímica de la provincia de SAN JUAN.

Que conforme los registros de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, dentro del ámbito pretendido no existe ninguna entidad con personería gremial, que agrupe específicamente al personal de la industria química y petroquímica de la provincia de SAN JUAN.

Que quedó demostrado que la afiliación cotizante de la peticionante supera el porcentaje establecido por el artículo 25, inciso b), de la Ley Nº 23.551.

Que obra dictamen de la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales, aconsejando otorgar la personería.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23, inciso 7, de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y en atención a lo dispuesto por el Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Otórgase personería gremial al SINDICATO OBRERO QUIMICO Y AFINES DE
SAN JUAN, con domicilio en Av. Rioja (Sur) 72, Ciudad Capital, provincia de SAN JUAN, como entidad sindical de primer grado, para agrupar a todo el personal de la industria química y petroquímica de la provincia de SAN JUAN, con zona de actuación en la provincia de SAN JUAN, manteniendo sobre el resto de su agrupamiento la simple inscripción gremial.

ARTICULO 2° — Dispónese la publicación sintetizada y sin cargo en el Boletín Oficial de los estatutos de la entidad y de la presente resolución, en la forma indicada por la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001, de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. —

Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.


Citar: elDial.com - CC30A5

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